La Federació de Ball Esportiu de la Comunitat Valenciana dispone de un procedimiento interno para la tramitación de solicitudes de devolución de importes ingresados en la cuenta bancaria federativa.
Este procedimiento tiene por finalidad establecer un sistema único, sencillo y verificable para gestionar las devoluciones que puedan corresponder cuando exista una causa justificada y quede suficientemente acreditado el ingreso realizado, el motivo de la devolución y la cuenta bancaria de destino.
La tramitación se aplicará a cualquier solicitud de devolución de cantidades ingresadas en la cuenta de la FBECV, con independencia del concepto o causa, siempre que la persona física o entidad solicitante aporte la información y documentación necesaria.
¿CUÁNDO PUEDE SOLICITARSE UNA DEVOLUCIÓN?
Podrá solicitarse la devolución de un importe ingresado en la cuenta de la FBECV cuando exista una causa debidamente justificada.
Con carácter orientativo, podrán dar lugar a una solicitud de devolución los siguientes supuestos:
- Ingreso duplicado.
- Ingreso indebido o realizado por error.
- Cobro superior al importe debido.
- Anulación de una inscripción, trámite o actividad.
- No realización de la actividad o servicio al que se vinculaba el ingreso.
- Cualquier otra causa que quede suficientemente justificada.
La presentación de la solicitud no implica automáticamente el derecho a la devolución. La FBECV revisará cada expediente y comprobará la documentación aportada antes de emitir la correspondiente propuesta favorable o desfavorable.
¿CÓMO SE PRESENTA LA SOLICITUD?
La solicitud deberá remitirse por correo electrónico a la siguiente dirección: tecnico@fbdcv.com
El correo deberá incluir la solicitud firmada y la documentación justificativa correspondiente.
La fecha de entrada del correo completo determinará el inicio del expediente, sin perjuicio de que la FBECV pueda requerir la subsanación o ampliación de la documentación presentada cuando resulte necesario.
DOCUMENTACIÓN QUE DEBE APORTARSE
Para poder tramitar la solicitud, deberá aportarse, como mínimo, la siguiente documentación:
- Escrito de solicitud firmado, con identificación completa de la persona o entidad solicitante.
- Justificante bancario del ingreso realizado en la cuenta de la FBECV.
- Explicación concreta del motivo por el que se solicita la devolución.
- Documento o referencia que permita identificar el concepto del ingreso.
- Certificado o justificante de titularidad bancaria de la cuenta en la que deba realizarse la devolución.
- DNI/NIE de la persona solicitante o, en caso de actuar una entidad, CIF y documento acreditativo de la representación.
- Cualquier otro documento adicional que permita acreditar la procedencia de la devolución.
- No se tramitarán solicitudes que no estén firmadas o que no permitan identificar suficientemente el ingreso, la causa alegada y la cuenta bancaria de destino.
REVISIÓN DE LA SOLICITUD
Una vez recibida la solicitud, la FBECV abrirá el correspondiente expediente interno y revisará la documentación aportada.
Si la documentación estuviera incompleta o presentara defectos subsanables, se requerirá a la persona o entidad solicitante para que complete la información necesaria.
Si no se atiende el requerimiento en el plazo concedido, podrá declararse el desistimiento de la solicitud, dejando constancia en el expediente.
RESOLUCIÓN Y DEVOLUCIÓN
Cuando el expediente esté completo, se comprobará la procedencia de la devolución y se emitirá una propuesta favorable o desfavorable.
Ninguna devolución podrá ejecutarse sin la confirmación final de Presidencia y Tesorería. Una vez autorizada, Tesorería realizará la transferencia a la cuenta bancaria acreditada por la persona o entidad solicitante.
La devolución solo podrá realizarse a una cuenta cuya titularidad haya sido debidamente acreditada documentalmente.
PLAZO MÁXIMO DE RESOLUCIÓN
El plazo máximo para resolver será de veinte días hábiles desde que el expediente esté completo.
No computará el tiempo transcurrido entre un requerimiento de subsanación y la recepción de la documentación solicitada.